Archivos privados, esos grandes desconocidos

11 febrero, 2015 at 08:14

Los archivos privados son aquellos que custodian los documentos generados por personas físicas o jurídicas de naturaleza privada en el ejercicio de las funciones y actividades que les son propias.

Partiendo de esta definición podríamos decir que todos nosotros tenemos un archivo privado en nuestra casa. Nuestra actividad con la empresa de la luz o del gas, con el ayuntamiento, con la Agencia Tributaria… Toda esa actividad nos genera una documentación que deberíamos de guardar, en algunos casos permanentemente y en otros solamente durante un breve período de tiempo, ya se presente en soporte papel o en soporte electrónico.

Quizás esto nos pueda llevar a pensar que los archivos privados son los que solamente hacen referencia a personas, pero incurriríamos en un grave error puesto que los archivos privados también están englobados, entre otros, por los archivos eclesiásticos, los archivos de las fundaciones, casas nobiliarias

Archivos privados

Dentro de los archivos privados en España tenemos diferentes tipologías: Archivos eclesiásticos (los cuales pueden ser catedralicios o diocesanos), archivos de casas nobiliarias, archivos de fundaciones, archivos de bodegas, archivos de Notarios … 

El Arxiu Municipal de Barcelona presenta su catálogo en línea con MediaSearch

5 febrero, 2015 at 11:00

Como publica el “Butlletíe Informatiu de l’Associació d’Arxivers-Gestors de Documents de Catalunya” de noviembre/diciembre 2014, el Arxiu Municipal de Barcelona presenta su catálogo en línea en su Web a través de la solución MediaSearch.

Arxiu Municipal de Barcelona

Entre otra información, en el artículo se reseña:

“…se ha diseñado un OPAC (Online Public Acces Catalog) que permite realizar búsquedas y recuperar las descripciones y las imágenes de los diferentes centros de sistema Municipal de Archivos de manera fácil y amigable.

El catálogo en línea permite realizar búsquedas simples en todos los campos de la descripción o búsquedas avanzadas, en las que se puede delimitar el centro y el fondo en el que se quiere realizar la búsqueda. Cuenta también con filtros para fechas, tipo de documento, autores y descriptores.

El buscador permite discernir entre registros con objetos digitales o sin objetos digitales. Destaca también la agrupación de los resultados de las búsquedas por facetas, ya sea centro, materias o fecha, entre otros.

En la página principal del OPAC se ofrecen una serie de búsquedas predeterminadas para lugares y personas. También hay a la vista del usuario los registros más consultados y las últimas descripciones añadidas al catálogo.

A través de este nuevo instrumento, se puede ofrecer el acceso digital a una parte representativa los fondos custodiados en el Archivo Municipal de Barcelona, teniendo en cuenta que últimamente el ritmo de la digitalización de los fondos y colecciones se ha ido incrementando…”

Todo lo que se tramita en electrónico, se ha de archivar en electrónico

3 febrero, 2015 at 08:14

Hace un año hicimos un post en el que enfatizábamos la necesidad de que en la administración pública el archivero tenía de estar presente, y quizás más activamente que en el pasado, en la redefinición de su corpus teórico y la adaptación de las técnicas que emplea, acompasando los cambios a la nueva realidad surgida por el avance inexorable de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

Es tal el cambio que supone esa nueva realidad en tanto a la relación de los ciudadanos con la Administración Pública que una ley, en principio tan estable, como la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1992), necesariamente se transforma. El Consejo de Ministros, en comparecencia del 9 de enero de 2015, ha anunciado dos anteproyectos de Ley (en realidad es la misma ley desdoblada) cuyo fin es conseguir “una administración moderna, ágil, eficiente y transparente«. El Gobierno, en su presentación, ha ido tan lejos como para decir: «La administración será íntegramente electrónica, desaparecerá el papel y estará totalmente interconectada» (lo que no dice, es cuándo). A pesar de la indefinición temporal, se ponen las bases para trabajar con seguridad jurídica.

Archivo es gestión.

Esta noticia nos brinda una estupenda ocasión para recordar que todo lo que se tramita en electrónico, se ha de archivar en electrónico. Un archivo electrónico debe tener como objetivo la preservación, conservación y acceso de los expedientes electrónicos surgidos en la tramitación, pero de una forma segura e “interoperable”. Cabría fijar algún punto difuso en la definición de archivo digital o electrónico:

  • El archivo electrónico debe estar en una plataforma independiente de las plataformas de producción.
  • Debe estar basado en estándares y arquitecturas abiertas (OAIS) para asegurar su perdurabilidad.
  • Deben aplicarse políticas de archivo y no de gestión de sistemas informáticos. Si ha de primar alguna especialidad, es la archivística y no la informática la debe pautar las actuaciones; la informática es el medio del que valerse.
Comunidad Baratz
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