Las cuentas claras en las bibliotecas: Cómo cerrar un presupuesto con AbsysNet

12 septiembre, 2019 at 08:06

Las bibliotecas pueden gestionar sus presupuestos a través de AbsysNet. Esto hace que no tengan que recurrir a otros programas contables con los cuales tramitar las partidas presupuestarias y las adquisiciones de fondos que decidan incorporar a sus catálogos bibliográficos. Eso sí, para que gestionar los presupuestos con AbsysNet le salgan a cuenta a las bibliotecas, vamos a repasar algunos aspectos que debemos tener claros para no liarnos con los números.

Las diferentes formas de cerrar un presupuesto en la biblioteca utilizando el SIGB AbsysNet

Desde hace un tiempo os venimos explicando a través de diferentes Cápsulas cómo llevar la facturación de la biblioteca a través de AbsysNet o la importancia del consenso y gestión presupuestaria en la biblioteca. A través de esta nueva cápsula (in)formativa vamos a tratar de explicar diferentes formas de cerrar un presupuesto utilizando la funcionalidad que el sistema incorpora para esta función.

El bibliotecario contable o cómo llevar la facturación de la biblioteca a través de AbsysNet

8 mayo, 2019 at 08:03

Es probable que cuando se decide gestionar desde AbsysNet los presupuestos y las adquisiciones de la biblioteca, el bibliotecario no encuentre dificultad a la hora de seleccionar los títulos que se van a añadir a los pedidos, tanto si se trata de compras como si son suscripciones. También es probable que, desde el principio, se tenga claro cuál es el organigrama de los presupuestos y de las partidas a las que asignar esas incorporaciones bibliotecarias. Otra cosa es que, a la hora de la verdad, los pedidos, los presupuestos, la facturación y los informes se perciban como una realidad compleja que entorpece las funciones del bibliotecario.

Para cambiar esa percepción, con esta Cápsula nos proponemos ofrecer una ayuda contable a aquellos bibliotecarios que en su trabajo tienen que enfrentarse a las temidas cuentas. Para ello, vamos a repasar algunas tareas que se presentan cuando la biblioteca tiene que poner en orden las facturas.

Comunicado tras la aparición de Baratz en varios medios de comunicación

21 julio, 2013 at 10:27

Ante las noticias aparecidas en varios medios de comunicación sobre la existencia de algunas supuestas “regularizaciones” de dinero a través de facturas emitidas por Baratz al Partido Popular con relación al caso Barcenas, queremos mostrar nuestra absoluta disconformidad con las mismas.

Queremos manifestar:

  • Que BARATZ SERVICIOS DE TELEDOCUMENTACIÓN, S.A. es una sociedad constituida en Madrid, el 25 de Marzo de 1987.
  • Que los trabajos realizados por BARATZ para el Partido Popular se corresponden a prestaciones reales de servicios dentro del objeto social de la sociedad.
  • Que todos los trabajos realizados están perfectamente documentados, tanto su contratación como su realización.
  • Que todos los trabajos realizados han sido cobrados a través de sus correspondientes facturas, no siendo cierto que se haya cobrado cantidad alguna de ninguna otra forma.
  • Que las cuentas de BARATZ se encuentran auditadas y depositadas en el Registro Mercantil.
  • Los trabajos realizados con la Administración Pública son siempre a través de las correspondientes licitaciones, así como a través de los oportunos contratos cuando se realizan con entidades privadas.
  • Que BARATZ nada tiene que ver con la trama Gürtel ni con la financiación de partido político alguno.
  • Que BARATZ no se ha  beneficiado de subvención irregular alguna.
  • Que BARATZ se pone a disposición de cualquier medio de comunicación para facilitar cuanta información necesite a fin de corroborar lo hasta ahora manifestado, al no haberse dirigido con antelación a BARATZ para la verificación de la información difundida y publicada.

Asimismo, hacemos expresa reserva de cuantas acciones legales nos asistan por la difusión y publicación de varias informaciones, ante el daño que para la imagen de la sociedad ello supone, al no haber realizado ningún medio de comunicación diligencia alguna para confrontar la veracidad de las noticias publicadas. Consecuentemente, y en virtud del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/1.984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, se han enviado cartas rectificativas a los medios de comunicación que deberán ser publicadas o difundidas íntegramente, dentro de los tres días siguientes al de su recepción.